Crear empleo
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by: Guest
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El Partido Popular anunció en su programa electoral algunas medidas sobre las relaciones laborales, si bien optó por no explicitar el contenido exacto de las mismas a la vez que ocultaba conscientemente la mayoría de planteamientos que viene manteniendo sobre el Derecho del Trabajo.
El contenido en materia laboral de la derecha española se explicita en su programa electoral en el apartado “Estabilidad y reformas para el empleo” y dentro del mismo en el apartado 1.4. denominado “Empleo seguro y flexible para todos”.
La introducción del indicado apartado autodenominado “Diagnóstico” puede resumirse en el siguiente literal: “Un mercado de trabajo rígido, excesivamente regulado y segmentado ha hecho que el principal mecanismo de ajuste de las empresas ante la crisis económica haya sido el despido de los trabajadores más jóvenes, con contratos temporales o con menor antigüedad, cuando no el cierre”
Describir las relaciones laborales como rígidas supone por sí mismo un menosprecio de la verdad: excepto la transformación del contrato de tiempo parcial a tiempo completo y viceversa las restantes notas del contrato pueden ser modificadas. Indicar que los cierres y despidos tienen como principal causa la supuesta rigidez es simplemente pornográfico. ¿Dónde sitúa el PP esa supuesta rigidez? ¿Nada tuvo que ver la crisis orgánica que atraviesa el capitalismo con la destrucción de empleo? ¿Por qué no evitaron aquellos Estados con mayores niveles de desregulación de Derechos Laborales la creación de empleo? ¿Por qué otros con un Derecho Laboral más garantista vieron una disminución del empleo inferior?. De hecho uno de los motivos por el cual se ha desplomado el empleo fue exactamente el contrario al que señalan los conservadores, las extinción de contractos temporales, que es la forma más precaria (flexible dirían ellos) de contratación. A su vez la importancia del turismo y la construcción en la economía fue el otro elemento determinante en la destrucción de empleo.
Antes de enumerar las medidas anuncia también el PP sus objetivos, que dicen ser empleo seguro y flexible, ese gran oxímoron que se cosifica como la teoría de la flexiseguridad. No nos cansaremos de decir que el empleo si es seguro no es flexible, la flexibilidad es la negación de la seguridad.
En cuanto a su descripción de hasta 10 medidas se inicia con una primera genérica sobre las materias que deben ser objeto de reforma (aunque de las medidas podemos observar_ que es una auténtica contrarreforma): “contratación, la negociación colectiva, el sistema de relaciones laborales, la formación orientada al empleo y la intermediación”.
La segunda de las medidas se describe como una simplificación de la contratación temporal, lo cual no supone en ningún caso una actuación limitativa de la temporalidad sino una minoración de la burocracia para los empresarios (es curioso que indiquen que la medida tendrá como efecto “dar expectativas”). A su vez, la continua evocación de la flexibilidad no augura una limitación de la temporalidad.
La tercera de las medidas que propone el PP es la creación de un fondo de capitalización individualizado para cada trabajador que contemple la cobertura frente al desempleo y que favorezca la movilidad y la formación continua. Este era el punto por el cual Rubalcaba sugería durante la campaña electoral que el partido de Rajoy modificaría la prestación de desempleo, a su vez que dio pie a que este último confundiese el “sistema austriaco” con la propuesta de su partido. La propuesta conservadora supone no sólo una regulación diferenciada de la prestación de desempleo sino que también insinúa que el responsable de la misma sea el trabajador y trabajadora, y no el Estado.
La cuarta de las medidas tiene como significación la primacía en todos los supuestos de los pactos entre trabajo temporal y empresas (ha de entenderse que en relación a lo regulado en convenios colectivos sectoriales). En todo caso lo más preocupante de esta propuesta es que no hace referencia a lo pactado con los representantes de los trabajadores sino con los “trabajadores”, lo que supone la negación de la negociación colectiva y la sustitución por el pacto individual, algo que debiera ser contrario al artículo 37 de la Constitución Española que consagra como derecho la negociación colectiva laboral entre empresas y representantes de los trabajadores. Es posiblemente una sibilina fórmula para plantear la negación de la negociación colectiva en el ámbito de las PYMES.
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